viernes, 22 de octubre de 2010

Enlaces e información sobre desgravaciones

Explicación del cambio:
http://www.diarioinformacion.com/nacional/2009/05/13/nacional-zapatero-recortara-2011-desgravacion-compra-vivienda/885273.html

Ejemplo explicado de viviendas con pagos realizados antes del 2011 pero cuyas escrituras son hechas a posteriori
http://www.hispacolex.com/blogempresas/?p=11

Enlace de Hacienda
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Le_Interesa/regimen_transitorio.pdf

Enlace a Hacienda. Preguntas frecuentes
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Le_Interesa/preguntas_frecuentes.pdf

22 comentarios:

Anónimo dijo...

Pues deberian darse prisa e intentar acelerar los tramites para que podemos firmar en 2010, nop? esto si que es importante vecinos, nos jugamos mucho dinero asi que esperemos que se den prisa y no se duerman en los laureles por que ellos van a cobrar lo mismo pero nosotros podemos tener un importe considerable en las deducciones de todos los años que nos vendría muy bien, es mas seguro que alguno es que las necesitamos.
Asi que espero que por favor nos escuchen y se den toda la prisa que puedan, que aun tienen dos meses por medio¡¡¡

Sportivivi dijo...

has leído los enlaces? te copio el contenido parcial de uno: "No obstante, según lo redactado en la disposición transitoria anterior se entiende que si los pagos a promotores ya se han ido produciendo antes del 1 de enero de 2011, aunque la escritura se otorgue en 2012, por ejemplo, se aplicará la deducción vigente actualmente."

Anónimo dijo...

Si lo he leido, pero se mantiene la deducción del 2010 los pagas que se hayan dado a los promotores,pero no el importe de la hipoteca que es lo gordo, y lo que nos interesa...
vamos que deducirnos 30.000 E. no esta mal, pero no es todo, asi nos interesa si o si firmar en 2010¡¡¡

Anónimo dijo...

Yo tambien lo entiendo así, pienso que te deduces los pagos efectuados durante 2010, pero no el importe total de la hipoteca, el lunes me voy a pasar a hablar con Juan Carlos por que no consigo hablar con ellos por tlf, os informo lo que me digan pero si se puede voy a intentar firmar en 2010.Ya he mandado mis papeles para que me empiezen a tramitar la hipoteca y en cuanto me den el visto bueno me dejen poder firmar¡

Sportivivi dijo...

No lo tengo claro, os copio un comentario que viene en el segundo enlace: "Estimada Raquel, en tu caso no perderías la deducibilidad, porque ya durante el ejercicio 2010 has realizado pagos a la promotora. Es decir, durante el ejercicio 2011 y siguientes, podrás deducirte del 15% de las cantidades pagadas (ya sean pago directos al promotor o pagos de hipoteca)."

Anónimo dijo...

Si claro que te podrás deducirte del 15% de las cantidades pagadas (ya sean pago directos al promotor o pagos de hipoteca), es decir, de las cantidades pagadas( en 2010) no lo que vas a firmar en 2011, bueno necesitamos unos cuantos asesores que nos lo expliquen por que yo casi afirmaria que si la hipoteca la firmas en 2011 no te la puedes deducir, en los añs posteriores solo te puedes ir deduciendo lo entregado en 2010.

Pero vamos, es una mera percepción, y creo que me lo afirmo un asesor que le pregunte hace meses, lo volvore a llamar.
Pero vamos, mejor firmar en 2010 y asegurarnos esa deducción. Ojala podamos...

Deivid dijo...

Yo creo que nosotros podremos seguir desgravando hasta el final de la hipoteca porque ya hemos desgravado cantidades de la entrada.
En la declaración, nosotros ponemos como fecha de adquisición la de nuestro contrato, en mi caso 22/01/2009, así que veo bastante claro que nosotros hemos comprado una vivienda antes de 2011, más allá de cuándo formalices la hipoteca, que lo entiendo como un paso más de tu compra, y no el inicio de la misma.
Además en las aclaraciones de la web jurídica del enlace que nos habéis dejado dicen lo siguiente:
"si antes de que finalice este ejercicio (31-12-2010), has realizado un pago directo al promotor (por consecuencia de la firma de un contrato de compra de una vivienda), o realizas pagos de tu hipoteca, podrás deducirte, para 2011 y siguientes, el 15% de los pagos realizados.
Sin embargo, si el pago que realizas antes de 31-12-2010, es una aportación a una cuenta ahorro vivienda, te deducirás el 15% de la cantidad pagada durante 2010. Para los ejercicios siguientes la deducibilidad será la que indica el Proyecto de Ley."
Fijaos que dice pagos de 2011 y siguientes podrán ser desgravados... es claramente nuestro caso. No obstante yo hablaré con CajaRural para aclararlo y, si es necesario, pues presionamos para firmar antes del 31/12/2010.
Lo del párrafo de la carta de Emuvyssa creo que hace referencia al dinero que tenemos que dar por la entrega de llaves, en concepto de IVA de hipoteca. Sin embargo, aunque lo paguemos en 2011, estamos en las mismas, nosotros lo podemos desgravar.
Un saludo vecinos.

Anónimo dijo...

entonces, creeis que el parrafo de la carta enviada por emuvyssa se refiere al dinero de la entrega de llaves?yo pensaba que se referia a si alguien quiere hacer entrega de dinero para hipotecar menos cantidad...

Anónimo dijo...

Tambien podeis ver que la adquisición de la vivienda es con la firma de la hipoteca, ya que tu no eres propietario de nada hasta que no firmar formalmente tu hipoteca.
Lo se por que le ha pasado a amigos que han realizado sus pagos en años pasados y le han informado que si no firmaban este año la hipoteca no se la podrian deducir.
Le he preguntado un gestor y me ha dicho lo mismo, los pagos que se hagan en 2011 y la firma de escritura en 2011 no es deducible fiscalmente, solo lo pagado antes del 31/12/2010

Anónimo dijo...

A ver vecinos, vuelvo a copiar el parrafo:

"si antes de que finalice este ejercicio (31-12-2010), has realizado un pago directo al promotor (por consecuencia de la firma de un contrato de compra de una vivienda), o realizas pagos de tu hipoteca, podrás deducirte, para 2011 y siguientes, el 15% de los pagos realizados.
Sin embargo, si el pago que realizas antes de 31-12-2010, es una aportación a una cuenta ahorro vivienda, te deducirás el 15% de la cantidad pagada durante 2010. Para los ejercicios siguientes la deducibilidad será la que indica el Proyecto de Ley."
Nos dice:
Los pagos realizados en 2010 podran ser desgrabados en 2011¡¡¡¡
pero los realizados en 2010 no si firmamos la hipoteca en 2011 nos podremos desgrabar la hipoteca, sino lo que hemos entregado en 2010¡¡¡y para los ejercicios siguientes podremos seguir deduciendonos lo entregado en 2010¡¡
vecinos es muy importante, informaros bien...

Deivid dijo...

Focalizo en esto:
""si antes de que finalice este ejercicio (31-12-2010), has realizado un pago directo al promotor (por consecuencia de la firma de un contrato de compra de una vivienda), o realizas pagos de tu hipoteca, podrás deducirte, para 2011 y siguientes, el 15% de los pagos realizados.""
Yo aquí entiendo, que ya no sé si es la verdad, que con haber pagado al promotor o hipoteca antes de acabar 2010, tú ya puedes desgravar todos los pagos que hagas hasta el final, es decir, que no nos afectaría la nueva ley.
Lo que no puedes es desgravar en 2015 lo pagado en 2010. Tú desgravas tu periodo fiscal correspondiente.
Además, la clave es que incluyen los pagos de hipoteca en el supuesto en el que estamos nosotros también, y todos sabemos que los que ya tengan hipoteca podrán seguir desgravando hasta el final de la misma.
Además, a mí por lógica me da por creer que si ya hemos desgravado es que ya hemos comprado vivienda, luego podremos seguir hasta el final. No nos van a quitar derechos a mitad de un proceso ya iniciado.
Por cierto, que yo llamé a Hacienda y allí no están autorizados a informar de nada porque aún no se ha aprobado la ley, asi que verás tú el lío este a dónde nos lleva.

Anónimo dijo...

Si os dais cuenta en la carta de emuvyssa, dice algo asi como:
en 2011 ya no desgravan los pagos..asi que si alguien quiere hacer algun pago adicional , que lo haga antes del 31/12/2010, si pudieramos deducirnos los de 2011 esto no lo mencionarian...
Yo lo veo muy claro y intentare firmar antes de esta fecha, cada uno que haga lo que quiera...

Anónimo dijo...

entonces segun esa informacion, nos convendría pagar ahora algun adelanto de la hipoteca para que nos desgrave? merece la pena?

Anónimo dijo...

yo diria que si merece la pena no??aparte de desgravarte un pikito...se reduce el dinero a hipotecar y por consiguiente los pagos mensuales...

Deivid dijo...

Yo también intentaré firmar en 2010 por lo que pudiera pasar... peeo la única verdad es que aún no está aprobada la ley, así que Emuvyssa ha metido la pata porque si llamas a Hacienda (yo lo he hecho) ni siquiera ellos te pueden dar información ya que el proyecto de ley aún está en "trámite parlamentario" y puede cambiar.
Otra cosa es ya que especulemos nosotros con lo que va a decir la ley, y sobre todo con lo que significa para nosotros, que es lo que llevamos debatiendo estos días.

Aún así, si firmamos en 2010 mejor porque así nos quitamos de polémicas fiscales, que ya son cansinas.

Yo mañana o el jueves voy a llamar a Emuvyssa y Caja Rural para que vayan aclarando fechas, que es lo único que ellos pueden asegurarnos.

Mañana empezamos a ver los pisos... mucha suerte a todos!!!!

Anónimo dijo...

pero una pregunta...quie decide que la firma se haga en 2010 o en 2011??emuvyssa??o nosotros??porque si emuvyssa dice de no hacer la entrega de llaves hasta enero por ejemplo...por mucho que nosotros queramos firmar en 2010...podriamos?????

Anónimo dijo...

La disposición transitoria dice lo siguiente:
“Disposición transitoria decimoctava. Deducción por inversión en vivienda habitual adquirida con anterioridad a 1 de enero de 2011.
1.Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta ley en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales."
Por tanto entiendo que equipara la entrega cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2.011, con la adquisición por lo que el tratamiento fiscal es el mismo se firme la escritura en 2010 o 2011, es decir que puesto que nosotros hemos entregado ya cantidades para la adquisición de la vivienda, entiendo que podremos deducirnos la hipoteca en su totalidad aunque firmemos en 2011.
De todas formas hay que tener en cuenta que es un proyecto de ley y que puede estar sujeta cambios parlamentarios.

Deivid dijo...

Bueno, esta mañana en la visita me han dicho los de Emuvyssa que quieren hacer la entrega de llaves en diciembre. Para poder asistir a esa entrega de llaves, anteriormente deberíamos haber firmado ya la hipoteca o que el banco nos la haya aprobado. Por lo que me quedo un poco más tranquilo. Creo que debemos presionar a Caja Rural para que espabilen con esta promoción.

No obstante, en la disposición del proyecto de ley que podemos leer aquí, se puede ver lo que algunos apuntábamos en anteriores comen tarios: como ya hemos aportado cantidades, podremos seguir desgravándolas hasta el final de la hipoteca... aún así, esperemos a la ley definitiva

Anónimo dijo...

Deivid, además del tema de la desgravación, que es muy importante, la pregunta es evidente... ¡¡cuéntanos qué tal la visita a nuestros pisos!! Nosotros no vamos hasta el viernes y estamos de los nervios... Un saludo, vecinos

Deivid dijo...

He llamado a Caja Rural. Me han pasado con un tal Federico que está llevando ahora el tema de nuestras hipotecas y me he citado con él la semana que viene, asi que me parece que Roberto ya no lleva lo nuestro.
El caso es que me ha asegurado que firmamos en diciembre de 2010, además me ha dicho textualmente: "segurísimo porque nosotros tenemos que tener todo preparado para el 1 de diciembre"
Asi que, vecinos, parece que todo nos está saliendo a pedir de boca... tocad madera!!!!!

Anónimo dijo...

Efectivamente. Yo he tenido la reunion esta mañana en caja rural y me han asegurado que en diciembre darán las llaves. No se sabe si será el día 1 o el día 30... pero que será en diciembre seguro.

Jue dijo...

Os adjunto el enlace de la pagina de la Agencia Tributaria en la que explica el régimen transitorio de aplicación a contribuyentes que con anterioridad al 1 de enero 2011 hubieran satisfecho cantidades destinadas a compra de vivienda habitual. Lo he encontrado en su página principal, en un apartado llamado " Le interesa conocer"
Según esto, y copio literal del pdf que se puede descargar:
"Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros, que hubieran adquirido su vivienda habitual o satisfecho cantidades para la construcción de la misma con anterioridad a 1 de enero de 2011, podrán seguir aplicando la deducción, teniendo como base máxima de deducción 9.015 euros anuales, aún cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales.
Los contribuyentes cuya base imponible sea igual o inferior a 17.724,90 euros, podrán aplicar la nueva deducción, por ser más favorable."

http://www.aeat.es/wps/portal/DetalleContenido?url=Le+interesa+conocer/Deducción+por+inversión+en+vivienda+habitual&content=d52b6d160179c210VgnVCM1000004ef01e0aRCRD&channel=f6567bd5bb924210VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=0